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Reglamento VeriFactu · autónomos, sociedades y gestorías

Si te han dicho que VeriFactu ya es obligatorio y que te pueden multar con 50.000 €, te han mezclado dos cosas distintas.

VeriFactu no obliga hoy a nadie: las fechas son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. La multa de 50.000 € es real, pero es del art. 201 bis de la Ley General Tributaria, existe desde 2021 y castiga otra cosa. Aquí te decimos cuál es tu fecha, cuál de las dos te afecta de verdad y cómo comprobar si el programa que te quieren vender cumple.

  • Sin registrarte y sin instalar nada
  • Tus datos no salen de tu navegador
  • Cada afirmación, con su norma y su fecha
01 · La norma

Qué obliga hoy, qué obliga con fecha y qué no se sabe

Casi todo el ruido de VeriFactu sale de mezclar estas cuatro casillas en una sola frase. Separadas, la decisión es fácil y casi siempre es «tienes tiempo».

VIGENTE

Lo que ya se sanciona

Tener o usar un programa que permita llevar contabilidades distintas o alterar lo ya registrado. Art. 201 bis de la LGT, en vigor desde el 11 de octubre de 2021: 50.000 € por ejercicio. Esto no espera a 2027 y es lo único que puede caerte este año.

PROGRAMADO

Lo que obliga, pero todavía no

Emitir con un sistema conforme al RD 1007/2023. El RD-ley 15/2025, convalidado el 11 de diciembre de 2025, dejó las fechas en el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

VIGENTE

Lo que ya venció, y no es tuyo

Desde el 29 de julio de 2025 todo software de facturación que se venda en España debe estar adaptado y llevar declaración responsable. Ese plazo es del fabricante, no tuyo, y por eso puedes exigirle el papel sin complejos.

PENDIENTE

Lo que nadie sabe

El calendario de la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece, que sigue sin reglamento en vigor. Es otra obligación distinta, se confunde con esta constantemente, y es la razón para no firmar hoy un contrato de software a tres años.

Todo lo que se afirma en este sitio lleva su norma y su fecha, y cada afirmación va marcada con una de esas tres etiquetas. Si encuentras una sin marcar, es un error nuestro: escríbenos y lo corregimos.

02 · El comprobador

Así se sabe si un programa cumple de verdad

El Reglamento no pide una pegatina: pide que cada factura genere un registro con una huella SHA-256 calculada sobre unos campos concretos, encadenada con la anterior, y un QR que lleve a la sede electrónica. Eso se puede comprobar. Esto es exactamente lo que hace el comprobador, y este ejemplo está calculado por él ahora mismo.

  1. Paso 1 · la cadena literal

    Ocho campos, en un orden que no se negocia

    Emisor, número con su serie, fecha, tipo, cuota, importe, la huella del registro anterior y el momento exacto de generación con su huso horario. Se unen así, tal cual, sin espacios de cortesía:

    IDEmisorFactura=89890001K&NumSerieFactura=12345678/G33&FechaExpedicionFactura=01-01-2024&TipoFactura=F1&CuotaTotal=12.35&ImporteTotal=123.45&Huella=&FechaHoraHusoGenRegistro=2024-01-01T19:20:30+01:00

    Este es el ejemplo del documento técnico de la AEAT. Fíjate en Huella= sin nada detrás: es la primera factura de la cadena y por eso va vacío, no omitido.

  2. Paso 2 · la huella

    SHA-256, 64 caracteres, y no hay margen

    Se pasa esa cadena por SHA-256 y sale un único resultado posible. Si tu programa da otro con los mismos datos, no es cuestión de opinión: uno de los dos está mal.

    3C464DAF61ACB827C65FDA19F352A4E3BDC2C640E9E9FC4CC058073F38F12F60

  3. Paso 3 · el encadenamiento

    La factura siguiente se lleva la huella de la anterior

    Ahí está el mecanismo entero: cambiar un céntimo de una factura vieja cambia su huella, y con ella la de todas las que vinieron después. Por eso el registro es inalterable sin que se note.

    EEB51410EBCBCAD567FCBDAAFD109C4D639F61375210DC65BE057DDF7AF1AF2E

    Huella de la segunda factura, que incorpora la primera. En el comprobador puedes encadenar las tuyas y ver cómo se rompe todo si tocas una.

  4. Paso 4 · el QR

    Cuatro parámetros y una dirección de la AEAT

    El código QR de la factura no es un adorno: contiene la dirección del servicio de cotejo de la sede electrónica con tu NIF, el número de factura, la fecha y el importe. Escanea uno de los tuyos y compáralo con esto.

    https://www2.agenciatributaria.es/wlpl/TIKE-CONT/ValidarQR?nif=89890001K&numserie=12345678%2FG33&fecha=01-01-2024&importe=123.45

Lo que esto no es

VerifactuReady no es un programa de facturación y no lo sustituye. No remite los registros a la Agencia Tributaria, no firma electrónicamente y no lleva registro de eventos, así que no es un sistema informático de facturación en el sentido del Reglamento —y no puede serlo desde un navegador, por mucho que alguien te lo venda. Es el aparato de medida con el que compruebas el programa que sí vas a usar.

03 · El orden

Cómo funciona

En este orden y no en otro. Casi todo el mundo empieza por el paso cuatro —contratar— y por eso acaba contratando dos veces.

  1. 01

    Diagnostica

    Diez preguntas, tres minutos, sin registrarte. Sale tu fecha, tu puntuación de preparación y las brechas ordenadas por lo que cuesta cada una.

  2. 02

    Pide la declaración responsable

    Un correo a tu proveedor. Es gratis y su respuesta te dice más que cualquier comparativa: quien la tiene, la manda.

  3. 03

    Emite una factura de prueba y compruébala

    Metes sus datos en el comprobador y comparas la huella y el QR. Si cuadran, has terminado; si no, lo tienes por escrito antes de que sea obligatorio.

  4. 04

    Decides sin prisa y con papeles

    Te quedan meses, no días. La diferencia entre elegir bien y elegir con miedo es exactamente esta comprobación.

04 · Precio

Gratis, y conviene que sepas por qué

Todo el sitio es gratis: el diagnóstico y el comprobador, sin registro y sin límite. Debajo está el motivo, que es más interesante que el precio.

Sin registro y sin límite

Todo

Gratis

Sin registro, sin código de compra y sin límite.

  • Diagnóstico de diez preguntas con tu fecha exacta
  • Aviso si estás excluido por territorio foral o por el SII
  • Puntuación de preparación y brechas ordenadas
  • Comprobador de la huella SHA-256 de tus facturas
  • Encadenamiento entre registros, con la cadena literal a la vista
  • Código QR con la URL de cotejo de la sede electrónica
  • Exportación del registro en XML y de la cadena en JSON
  • Entorno de producción y de pruebas de la AEAT
Abrir el comprobador

Esto se construyó para venderse a 49 € y la decisión duró un día. Dos motivos, y los dos son buenos: la AEAT regala una aplicación de facturación VERI*FACTU sin límite de facturas dirigida a quien factura poco, y para vender un programa de facturación de verdad hay que firmar una declaración responsable como fabricante, con 150.000 € por ejercicio detrás. Ninguna de las dos cosas se arregla programando mejor. La herramienta ya estaba hecha y funciona, así que se queda abierta.

Navarro Venture Studio construye y publica un proyecto por semana, y archiva sin drama el que no encuentra comprador. Este es uno de esos. El código y el criterio de por qué se archivó están publicados en la web del estudio.

05 · Preguntas

Preguntas frecuentes

¿Es verdad que VeriFactu ya es obligatorio?

No. A 3 de septiembre de 2026 no obliga a nadie. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó el calendario por segunda vez y el Congreso lo convalidó el 11 de diciembre de 2025: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Sí puedes acogerte voluntariamente desde ya, y si tu programa está adaptado tiene sentido hacerlo.

Entonces, ¿de dónde sale la multa de 50.000 €?

Del art. 201 bis de la Ley General Tributaria, que introdujo la ley antifraude y está en vigor desde el 11 de octubre de 2021. Sanciona con 50.000 € por ejercicio a quien tenga o use sistemas que permitan llevar contabilidades distintas o alterar lo ya registrado. Es real, es de hoy y no tiene nada que ver con haber adoptado VeriFactu o no. Mezclar las dos cosas es la técnica de venta más común del sector, y es la que este producto no usa.

¿Y si facturo con una plantilla de Word o de Excel?

Hoy es válido. Llegada tu fecha, no: una plantilla que se edita a voluntad es justo lo que el Reglamento describe como sistema no conforme. La respuesta correcta no es correr a comprar nada, es tener elegido el programa antes de tu plazo. Ojo con un matiz: quien factura de verdad a mano, con talonario y sin ordenador, queda fuera del Reglamento mientras siga así. Rellenar una plantilla en el ordenador ya es usar un sistema informático.

¿Cómo sé si el programa que uso cumple?

Con dos cosas concretas. La primera, la declaración responsable: desde el 29 de julio de 2025 el fabricante está obligado a tenerla, así que pídela por escrito y fíjate en si te manda un documento o marketing. La segunda es esta herramienta: emites una factura de prueba, metes sus datos aquí y comparas la huella y el QR con los suyos. Si no coinciden, tienes una conversación que mantener antes de que sea obligatorio.

¿Esto es un programa de facturación?

No, y no queremos que lo parezca. No remite los registros a la AEAT, no firma electrónicamente y no lleva registro de eventos, así que no es un sistema informático de facturación en el sentido del Reglamento y no puede serlo desde un navegador. Es el aparato de medida: calcula la huella y el QR con la especificación oficial para que puedas comprobar el programa que sí vas a usar. Cuando alguien te venda un «VeriFactu en el navegador sin backend», ya sabes qué preguntar.

¿A mí me aplica? Estoy en el País Vasco / en Navarra / en el SII.

Probablemente no. El Reglamento excluye a quienes se sujetan a la normativa foral del País Vasco o de Navarra —allí el sistema es TicketBAI, Batuz o la normativa foral navarra— y a quienes llevan los libros registro de IVA por el SII, en los términos del art. 62.6 del Reglamento del IVA. Canarias, Ceuta y Melilla, en cambio, sí están dentro. El diagnóstico lo primero que hace es mirar esto, y si estás fuera te lo dice y no te vende nada.

¿Por qué es gratis? ¿Dónde está la trampa?

No hay trampa, y la respuesta honesta es que esto se construyó para venderse a 49 € y se decidió no venderlo, un día después de publicarlo. Por dos motivos que no se arreglan programando mejor: la AEAT regala una aplicación de facturación VERI*FACTU sin límite de facturas, dirigida justo a quien factura poco; y para vender un programa de facturación de verdad hay que firmar una declaración responsable como fabricante, con 150.000 € por ejercicio detrás. La herramienta ya estaba hecha y funciona, así que se queda abierta. Lo único que te pedimos, y solo si quieres, es el correo para avisarte cuando la norma se mueva.

¿Puede haber un tercer aplazamiento?

Puede. Ha habido dos y la adopción sigue siendo baja. Nosotros no vamos a decirte que es seguro ni que es imposible, porque no lo sabemos. Lo que sí decimos es la consecuencia práctica: no firmes un contrato de software a tres años apoyado en una urgencia que ya se ha movido dos veces, y ten el plan hecho por si la fecha se cumple.

06 · El aviso

Te avisamos si las fechas se vuelven a mover

Ha habido dos aplazamientos. Si hay un tercero, o si sale por fin el reglamento de la factura electrónica B2B, te escribimos con qué ha cambiado y qué tienes que hacer. Nada más: sin spam. solo cuando cambia algo que de verdad te obliga.

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